lunes, 22 de octubre de 2012

Declaracion de los Derechos Universales de la Mujer

Redactada en 1789 por Olympe de Gouges para ser decretada por la Asamblea Nacional Francesa . 


Las Madres, hijas , hermanas , representantes de la Nación , piden que se las constituya en Asamblea Nacional . Por considerar que la ignorancia , el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de los males públicos y de la corrupción de 105 gobiernos , han resuelto exponer en una declaración solemne , los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer a fin de que esta declaración constantemente presente para todo el cuerpo social les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes , a fin de que los actos de poder de las mujeres y los del poder de los hombres puedan ser , en todo instante , comparados con el objetivo de toda institución política y sean mas respetados por ella , a fin de que las reclamaciones de las ciudadanas fundadas a partir de ahora en principios simples e indiscutibles , se dirijan siempre al mantenimiento de la constitución , de las buenas costumbres y de la felicidad de todos .

En consecuencia, el sexo superior tanto por belleza como por coraje , en los sufrimientos maternos , reconoce y declara , en presencia y bajo 105 auspicios del Ser supremo , los Derechos siguientes de la Mujer y de la Ciudadanía 
 La mujer nace libre y permanece igual al hombre en sus derechos , Las distinciones sociales solo pueden estar fundadas en la utilidad común .
El objetivo de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles de la mujer y del hombre ; estos derechos son la libertad , la propiedad, la seguridad y , sobre todo, la resistencia a la opresión .
 El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es mas que la reunión de la mujer y el hombre ; ningún cuerpo ningún individuo , puede ejercer autoridad que no emane de ellos .
La libertad y la justicia consiste en devolver todo lo que pertenece a los otros; así  el ejercicio de los derechos naturales de la mujer solo tienen por limite la tiranía perpetua que el hombre le opone; estos limites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y la razón .
Las leyes de la naturaleza y la razón prohibe todas las acciones perjudiciales para la Sociedad : todo lo que no este prohibido por estas leyes , prudentes y divinas, no puede ser impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan .
 La Ley debe ser la expresión de la voluntad general ; todas las ciudadanas y ciudadanos deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos ;todas las ciudadanas y todos los ciudadanos , por ser iguales a los ojos , deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades , puestos y empleos públicos , según sus capacidades y sin mas distinción que las de sus virtudes y talentos .
 Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos determinados por la Ley .Las mujeres obedecen como los hombres a esta ley rigurosa . 
La Ley solo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias y nadie puede ser castigado mas en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito y legalmente aplicada a las mujeres .
Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley . 
Nadie debe ser molestado por sus opiniones incluso fundamentales ; la mujer tiene el derecho de subir al cadalso , debe tener igualmente el derecho de subir a la tribuna con tal que sus manifestaciones no alteren el orden publico establecido por la Ley .
La garantía de los derechos de la mujer y de la ciudadanía implica una utilidad mayor ; esa garantía debe ser instituida para ventaja de todos y no para particular de aquellas a quien es confiada .
Para el mantenimiento de la fuerza publica y para los gastos de administración , las contribuciones de la mujer y del hombre son las mismas ; ella participa en todas las prestaciones , personales , en todas las tareas penosas , por lo tanto , debe participar en la distribución de los puestos , empleos cargos , dignidades y otras actividades .
Las Ciudadanas y los Ciudadanos tienen el derecho de comprobar , por si mismos o por medio de sus representantes , la necesidad de la contribución publica .
Las Ciudadanas únicamente pueden aprobarla si se admite un reparto por igual ,no solo en la forma sino también en la administración publica ,y si determinan la cuota , la base tributaria , la recaudación y la duración del impuesto .

La masa de las mujeres agrupadas con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho a pedir cuentas de su administración a todo agente publico .

Toda sociedad en la que la garantía de los derechos no este asegurada , ni la separación de los poderes determinada, no tiene constitución ; la constitución es nula si la mayoría de los individuos que componen la Nación no ha cooperado en su redacción .

Las propiedades pertenecen a todos los sexos por separado :son para cada uno , un derecho inviolable y sagrado ; nadie puede ser privado de ella como verdadero patrimonio de la naturaleza a no ser por la necesidad publica , legalmente constatada , lo exija de manera evidente y bajo la condición de una justa y previa indemnización .

Mujer despierta ; el rebato de la razón se hace oír en todo el universo; reconoce tus derechos .
El potente imperio de la naturaleza ha dejado de estar rodeado de perjuicios , fanatismo, superstición y mentiras .
La antorcha de la verdad ha disipado todas las nubes de la necedad y la usurpacion .El hombre esclavo ha redoblado fuerzas y ha necesitado apelar a las tuyas para romper sus cadenas .
Por una vez en libertad ha sido injusto con su compañera . ¡Mujeres ! cuando dejareis de estar ciegas? ¿que ventajas habéis tenido de la revolución .Un desprecio mas marcado un desden mas visible .... cualquiera sean los obstáculos que os pongan , podéis superarlo os basta con desearlo .
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